Recientemente se ha aprobado la Ley de Memoria Democrática, conocida como "Ley de Nietos", con la finalidad de regresar sus derechos a los descendientes de aquellas personas que tuvieron que abandonar España por razones ideológicas, políticas o de creencia.
a) Hijos o nietos de Españoles nacidos fuera de España, de madre, padre, abuelo o abuela españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos ideológicos, políticos, de creencia, orientación sexual, y que por su exilio perdieron o renunciaron a la nacionalidad española.
b) Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que originalmente hubieran sido españoles.
Hijos e hijas ,nacidos fuera de España, de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
Hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen, de acuerdo a la Ley de Memoria Histórica 52/2007).
Voluntarios y su descendencia, integrantes de brigadas internacionales, que participaron en la Guerra de 1936 a 1939. En este caso, podrán adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza.
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